Una peluquera ha sido condenada a indemnizar con 7.245 euros, a una joven de 32 años que sufrió quemaduras de primer y segundo grado tras someterse a un tratamiento de fotodepilación en 2009, provocándole además tanto secuelas estéticas como psicológicas.
La sentencia, tramitada por la Asociación del Defensor del Paciente, concluyó lo siguiente:
“La demandante sufrió quemaduras en ambas extremidades inferiores tras someterse a un tratamiento estético con una máquina de fotodepilación de luz pulsada”.
Dicho dispositivo, según lo admitido por el propio perito de la parte demandada, “puede provocar quemaduras si se utiliza incorrectamente”.
Al no quedar constatado el mal funcionamiento de la máquina, tanto ese día como los sucesivos, “ha de concluirse que la administración de dicho tratamiento, incumpliendo los deberes básicos de cuidado en el manejo de una técnica susceptible de provocar daños, máxime cuando es aplicado por personas sin cualificación sanitaria, ha quedado demostrada”, asegura el escrito.
Según ha aclarado el Defensor del Paciente, “la joven que fue víctima de las quemaduras, comunicó a la acusada tras las primeras sesiones de fotodepilación, que sufría dolor y escozor en la zona tratada, sin embargo y a pesar de advertírselo a la responsable estética en numerosas ocasiones, la condenada decidió obviar dicha información y prosiguió aplicándole la terapia”.
A la conclusión de dichas sesiones, la afectada decidió acudir al Servicio de Urgencias del Hospital Gregorio Marañón, presentando ampollas y diversas lesiones que le imposibilitaban moverse con naturalidad, tras lo cual, se le diagnosticó quemaduras de primer y segundo grado en ambas piernas.
Desde ese momento, la joven padece un cuadro ansioso-depresivo que requiere de un continuo tratamiento farmacológico psiquiátrico, el cual, se suma a un trastorno adaptativo del que lleva ya medicándose desde marzo de 2010.