La Audiencia Nacional ha condenado este viernes al exportavoz de Batasuna, Arnaldo Otegi, y al exdirigente del sindicato LAB, Rafael Díaz Usabiaga, a 10 años de prisión por un delito de pertenencia a ETA y por intentar refundar la formación ilegalizada Batasuna, a través del grupo Bateragune.
El tribunal ha considerado probado que Otegi “llevó a la práctica” las órdenes directas recibidas desde la banda terrorista, con el objetivo de “mantener con vida” a la izquierda abertzale “como brazo político” de la misma, en su estrategia de “acumulación de fuerzas soberanistas vascas”.
En los casos de Otegi y de Díez Usabiaga, la condena se les aplica “en calidad de máximos dirigentes”, ya que la sala estima probado que desempeñaban funciones de “impulsión, responsabilidad y coordinación” y que ejercían una “notable influencia” sobre los otros tres condenados (Miren Zabaleta, Arkaitz Rodríguez y Sonia Jacinto).
De este modo, Otegi y sus cómplices “se constituyeron en sujetos receptores de las órdenes emitidas por ETA”, actuando “con plena connivencia y siguiendo todas aquellas directrices” descritas por la banda.
También han tenido en consideración la “idéntica terminología” empleada tanto por ETA como por la izquierda abertzale, y la ausencia en las decisiones de los acusados, que demostraran un auténtico distanciamiento de los postulados de la banda terrorista.
Por lo que concluyen, que los condenados “han sobrepasado los límites establecidos respecto a la libertad de expresión u opinión y del derecho a la legítima participación política, contribuyendo (…) de forma inexorable a que otros miembros de esa misma estructura (…), con los que comparten determinadas actitudes, apliquen medios violentos e intimidatorios, con el objetivo claro de imponer por la fuerza, sus tesis radicales defensoras de la lucha armada”.