Las principales novedades que se implantarán con el nuevo modelo de jubilación de los trabajadores a tiempo parcial consistirán en, por un lado, que los trabajadores puedan cotizar la mitad de años (antes 15, ahora 7 y 6 meses), pero como contraprestación la prestación mínima por jubilación también se verá reducida drásticamente.
Cabe mencionar que dicho modelo fue rechazado y declarado nulo el pasado mes de abril, tanto por el Tribunal de Justicia Europeo como por el Tribunal Constitucional por resultar “discriminatorio” con respecto al resto de contratos laborales.
Tomás Burgos, secretario de Estado de Seguridad Social, afirmó que pese a que las conversaciones con los agentes sociales no se estaban desarrollando al ritmo deseado, ese hecho no iba a impedir que se pudieran agilizar los plazos y llevar a cabo la nueva regulación en un plazo más o menos inmediato (gracias obviamente, a la mayoría absoluta que dispone el PP), con el objetivo de garantizar la viabilidad del sistema de pensiones y conseguir que personas que antes no tenían derecho a prestación, puedan acceder a ella.
El principal cambio introducido en la nueva regulación y que permitirá calcular el nuevo valor de las pensiones, consistirá en un nuevo coeficiente de parcialidad que medirá la representación de la jornada laboral de un trabajador a tiempo parcial, respecto a lo que sería un día de trabajo completo.
En cuanto al cálculo de la base reguladora, que es lo que establecerá el importe final de la prestación a recibir durante la jubilación, se mantendrá las condiciones vigentes actualmente, es decir, se tendrá en consideración el promedio de las cifras de cotización del trabajador, durante los 16 años anteriores a su jubilación.
Según afirmó Burgos: “Una persona que haya trabajado por 200 y 300 euros, no puede esperar que cuando se jubile, reciba una pensión contributiva de 600 euros”.