La Dirección General de Consumo de Andalucía, tras consultar al Instituto Nacional de Consumo, ha abierto un expediente sancionador de 20.000 euros, a una empresa textil, al detectar que ofertaban tarjetas regalo con fecha de caducidad, las cuales, son ilegales.
El INC ha estudiado la legalidad de dicha práctica y considera “extremadamente abusiva” la cláusula según la cual, “si las tarjetas regalo no se utiliza en un año, caducan y no se puede devolver el dinero abonado por ellas al consumidor”.
Además, ha indicado que “tampoco puede ser devuelta ni reembolsada por dinero” y que las compras efectuadas “no pueden convertirse en dinero”.
El informe considera que “no devolver el importe pagado por dicho servicio, supone la rescisión unilateral del contrato por parte de la empresa, donde consumidor pierde el dinero sin haber logrado una contraprestación a cambio”, por lo que dicha cláusula es considerada como una infracción grave.
Desde el INC se pide “precaución” a los consumidores tras la proliferación de tarjetas regalo mediante soportes electrónicos, como el prepago a través de internet o de aplicaciones para dispositivos móviles, y no sólo ofertadas por comercios y establecimientos, sino también por bancos o grandes empresas.
También aconsejan que “si se observa la inclusión de dicha cláusula, respecto a la caducidad de la tarjeta, se presente una reclamación oficial para así la administración correspondiente tenga conocimiento del caso y pueda actuar en consecuencia”.