La CE publica las recomendaciones sobre el juego online

Finalmente han sido publicadas, en el Boletín Oficial de la Unión Europea, las recomendaciones acerca de la protección de los usuarios de juego online, así como aquellas relacionadas con la prevención de los menores de edad, las cuales, fueron adelantadas la pasada semana por el comisario de Mercado Interior Europeo, Michel Barnier.

Así pues, la Comisión Europea pide a los estados miembros que «notifiquen oficialmente las medidas adoptadas en respuesta al presente conjunto de recomendaciones a más tardar el 19 de enero de 2016, con el objetivo de que la Comisión pueda evaluar su correcta aplicación«.

Del mismo modo, la CE invita a que recojan «con fines estadísticos, datos anuales fiables sobre las medidas de protección aplicables, en concreto, acerca del número de cuentas de usuario (abiertas y cerradas), el número de usuarios auto-excluidos, el número de usuarios que padecen un trastorno asociado con el juego y las quejas presentadas por usuarios, así como las comunicaciones comerciales clasificadas por categoría y por el tipo de violación de los principios que se haya realizado«.

En este sentido, insta además a que «los estados designen autoridades reguladoras competentes en materia de juego cuando apliquen los principios establecidos en el presente paquete de recomendaciones, con el objetivo de garantizar y vigilar de manera independiente el cumplimiento efectivo de las medidas nacionales adoptadas que respalden los principios establecidos«.

De este modo, la recomendación establece una serie de principios que deben ser integrados por los Estados miembros en sus legislaciones nacionales sobre los juegos de azar, en materia de información, control de acceso para los menores de edad, registro de las cuentas de usuario y su actividad, número de usuarios autoexcluidos, estrategias de marketing comercial, patrocinio responsable, y educación y sensibilización sobre los peligros del juego.

En este caso, la Comisión Europea afirma que «si bien estas recomendaciones no interfieren con el derecho de los países comunitarios a regular los servicios de juego, según sus propios criterios, sí que recomiendan que intenten obtener un elevado nivel de protección de los consumidores, los usuarios y los menores, mediante la adopción de principios aplicables a los servicios de juego online, así como la aplicación de una comunicación comercial responsable de dichos servicios, con el objetivo de no sólo de preservar la salud de los usuarios más vulnerables, sino también, con el fin de minimizar el posible perjuicio económico que pudiera derivarse del juego compulsivo o excesivo«.